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Embarques resguardados al año
Es un inmueble especialmente autorizado para poder recibir mercancías de importación y exportación que permite notables beneficios poder realizar operaciones con mejor eficiencia.
Fundamento: Artículo 14-D de la Ley Aduanera
Por tiempo limitado introduce mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas para que sean objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación, con el beneficio de no pagar los impuestos al comercio exterior ni cuotas compensatorias.
TIEMPO LIMITADO DE HASTA 2 AÑOS Y CON UN PLAZO DE PERMANENCIA DE HASTA POR 60 MESES.
Contamos con una ubicación
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